MODIFICACIÓN "TECHOS" AL CÓDIGO DE EDIFICACIÓN
Todos los techos deberán ser por lo menos a dos aguas, con una pendiente mínima de 30%. ...

Techo a dos aguas:, los que están formados por faldones concurrentes

 

a una misma cumbrera.

 

 

Techo a tres o más aguas: , los que están formados por tres o mas

 

faldones concurrentes, que en su intersección generen cumbreras

 

(obligatorio) y limahoyas o limatesas.

 

Nota: No poseyendo cumbreras, están permitidos los techos en forma

 

pirámide.

 



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